viernes, 22 de octubre de 2010

Como Calcular Las Prestaciones Sociales en Venezuela

La liquidación de las prestaciones sociales es aquella indemnización que debe cancelárse a un trabajador como compensación por sus años de servicio al término de la relación laboral, esta compensación es en realidad la acumulación a través del tiempo de ciertos beneficios económicos establecidos en la ley tales como la antigüedad, las vacaciones, los bonos y el preaviso.

Cuando el patrono decide finalizar la relacion laboral puede ser por, r a) Despido Justificado, cuando el trabajador ha incurrido en una causa prevista por la Ley, por ejemplo por abandono del trabajo; y b) Injustificado, cuando se realiza sin que el trabajador haya incurrido en causa que lo justifique, por ejemplo por despido indirecto o reducción del salario.
Lo primero que debemos establecer es que según  la LOT, aquellos trabajadores permanentes que "no sean de dirección, no podrán ser despedidos sin justa causa". Y según el parágrafo único: Los trabajadores contratados por tiempo determinado o para una obra determinada gozarán de esta protección mientras no haya vencido el término o concluido la totalidad o parte de la obra que constituya su obligación. Este privilegio no se aplicará a los trabajadores temporeros, eventuales, ocasionales y domésticos.

1. Notificación por Escrito
El patrono está obligado por ley (Art. 105 LOT) a notificar por escrito al trabajador sobre las causas del despido, pero una vez hecho, el patrono no podrá después invocar otras causas previas para justificar el despido. La omisión del patrono a notificar por escrito no impedirá al trabajador demostrar el despido por cualquier otro medio de prueba.

2. Cálculo del Preaviso
El trabajador tiene derecho a un preaviso (plazo de tiempo) durante el cual continuará laborando y recibirá la remuneración. El preaviso es también un derecho del patrono en aquellos casos que el trabajador por tiempo indeterminado renuncie unilateralmente del trabajo, sin que hayan en curso causales de retiro justificado.

El preaviso no aplica a trabajadores permanentes o contratados bajo el régimen de estabilidad laboral previsto en la LOT, porque sencillamente no pueden ser despedidos sin justa causa. Sin embargo en caso de materializarse un despido injustificado, el patrono se verá obligado a resarcir al trabajador con una indemnización por un moto igual al acumulado por concepto de antiguedad.

Preaviso dado por el Patrono
(Despido injustificado, )
Período laboral Preaviso
1 MES 7 DIAS
6 MESES 15 DIAS
1 AÑO 30 DIAS
5 AÑOS 60 DIAS
10 AÑOS 90 DÍAS

Preaviso dado por el Trabajador
(Renuncia por voluntad, )
Período laboral Preaviso
1 MES 7 DIAS
6 MESES 15 DIAS
1 AÑO 30 DIAS


En el caso del trabajador despedido, permanecerá en su cargo durante el tiempo del preaviso de forma remunerada, pero si el patrono omitiese el preaviso , el lapso correspondiente se computará en la antigüedad del trabajador para todos los efectos legales.
En el caso de la renuncia voluntaria del trabajador, este deberá cumplir con la jornada de trabajo (la cual será remunerada) durante el tiempo del preaviso.


Nota: es importante resaltar que el articulo 94 de  la nueva LOT, consagra la inamovilidad laboral por lo que,  bajo ningun concepto el trabajador puede ser despedido sin justa causa, y en caso de haber causas para el despido el patrono debera solicitar primero una calificacion de despido ante la inspectoria del trabajo, y hasta tanto el ministerio no autorice el despido el patrono no podra despedir al trabajador.


3. Cálculo de las vacaciones
Según el artículo 190 de la LOT, el trabajador tiene el derecho a un período 15 días hábiles de vacaciones remuneradas una vez que cumpla 1 año de trabajo ininterrumpido. El artículo señala además que en los años sucesivos tendrá derecho de un día adicional de vacaciones por cada año de servicio, hasta un máximo de 15 días hábiles. En el parágrafo único del mismo artículo señala también que el trabajador podrá prestar servicio en los días de disfrute vacacional a que pueda tener derecho conforme a su antigüedad, pero tendrá derecho al pago del salario adicional por ocasión del trabajo prestado.

La formula para calcular los días: 15 + (años de servicio - 1)
La formula para calcular la remuneración: (salario diario de ese año) x (días hábiles)
 ejemplo:
Años de servicios Días de vacaciones Remuneración (salario diario ej. Bsf. 59,34)

1 año         15 días           Bsf. 890,10

2 años       16 días            Bsf. 949,44

3 años       17 días            Bsf. 1008,78

5 años       19 días           Bsf. 1127,46

10 años    24 días            Bsf. 1424,16

4. Cálculo del bono vacacional
 De acuerod al artículo 192. Los patronos y las patronas pagarán al trabajador o a la trabajadora en la oportunidad de sus vacaciones, además del salario correspondiente, una bonificación especial para su disfrute equivalente a un mínimo de quince días de salario normal más un día por cada año de servicios hasta un total de treinta días de salario normal. Este bono vacacional tiene carácter salarial.

La formula para calcular los días: 15+ (años de servicio - 1)
La formula para calcular la remuneración: (salario diario de ese año) x (días hábiles)
Ejemplo:

1 años       15 días            Bsf. 890,10


2 años       16 días            Bsf. 949,44

3 años       17 días            Bsf. 1008,78

5 años      19 días             Bsf. 1127,46

10 años    24 días             Bsf. 1424,16

La ley  establece que cuando por cualquier causa termine la relación de trabajo sin que el trabajador haya disfrutado de las vacaciones a que tiene derecho, el patrono deberá pagarle la remuneración correspondiente a cualquier período vacacional no disfrutado.

En caso de despido injustificado antes de cumplirse el año de servicio, ya sea que la terminación ocurra durante el primer año o en los siguientes, el trabajador tendrá derecho a que se le pague el equivalente a la remuneración que se hubiera causado en relación a las vacaciones anuales, de conformidad con lo previsto en la LOT, en proporción a los meses completos de servicio durante ese año, como pago fraccionado de las vacaciones que le hubieran correspondido.

5. Cálculo de los días feriados
Según  la LOT, el trabajador tiene derecho a que se le pague el salario correspondiente a los días feriados o de descanso. Y  establece que cuando un trabajador preste servicios en día feriado tendrá derecho al salario correspondiente a ese día y además al que le corresponda por razón del trabajo realizado, calculado con un recargo del cincuenta por ciento (50%) sobre el salario ordinario.

El artículo 184 establece como feriados
 Todos los días del año son hábiles para el trabajo con excepción de los feriados.
Son días feriados, a los efectos de esta Ley:
a) Los domingos;
b) El 1º de enero; lunes y martes de carnaval; el Jueves y el Viernes Santos; el 1º de mayo y el 24, 25 y el 31 de diciembre;
c) Los señalados en la Ley de Fiestas Nacionales; y
d) Los que se hayan declarado o se declaren festivos por el Gobierno Nacional, por los Estados o por las
Municipalidades, hasta un límite total de tres por año.

6. Cálculo de las Utilidades
Si al momento de finalizar la relación laboral no ha concluido el cierre del ejercicio de la empresa es necesario realizar el calculo de las utilidades pendientes del año para sumarlas a las prestaciones liquidables.


La LOT obliga a las empresas a distribuir parte del enriquecimiento neto anual (artículo 131) entre todos sus trabajadores, por lo menos el quince por ciento (15%) de los beneficios líquidos que hubieren obtenido al fin de su ejercicio fiscal. Estos beneficios líquidos son la suma de los enriquecimientos netos gravables y de los exonerados conforme a la Ley de Impuesto Sobre la Renta.

Esta obligación frente a cada trabajador tiene como límite mínimo el equivalente de 30 días de salario y como límite máximo el equivalente al salario de cuatro meses (art. 131) lo que será proporcional a los meses en los que el trabajador haya laborado, y deberá ser cancelado dentro de los dos meses siguientes al cierre del ejercicio de la empresa.

Formula sugerida para el Calculo de las Utilidades:

(salario anual+horas extras anuales+días feriados+bono nocturno+bono vacacional+comisiones anuales+primas anuales+gratificaciones anuales) / 360 x ("días de utilidades" que cancela la Empresa)

-los "días de utilidades" son 30 días de sueldo como mínimo y 120 días como máximo-
La LOT también establece que durante los primeros 15 días del mes de diciembre, las empresas deberán pagar 30 días de salario adicional a sus trabajadores, lo que será imputado al cálculo final de las utilidades atribuibles a los empleados.


7. Cálculo de la Antigüedad
El artículo 141 de la Ley organica del trabajo 2012 indica la forma de calcular la antuguedad:
Artículo 142. Las prestaciones sociales se protegerán, calcularán y pagarán de la siguiente manera:
a) El patrono o patrona depositará a cada trabajador o trabajadora por concepto de garantía de las prestaciones sociales el equivalente a quince días cada trimestre, calculado con base al último salario devengado. El derecho a este depósito se adquiere desde el momento de iniciar el trimestre.
b) Adicionalmente y después del primer año de servicio, el patrono o patrona depositara a cada trabajador o trabajadora dos días de salario, por cada año, acumulativos hasta treinta días de salario.
c) Cuando la relación de trabajo termine por cualquier causa se calcularán las prestaciones sociales con base a treinta días por cada año de servicio o fracción superior a los seis meses calculada al último salario.
d) El trabajador o trabajadora recibirá por concepto de prestaciones sociales el monto que resulte mayor entre el total de la garantía depositada de acuerdo a lo establecido en los literales a y b, y el cálculo efectuado al final de la relación laboral de acuerdo al literal c.
e) Si la relación de trabajo termina antes de los tres primeros meses, el pago que le corresponde al trabajador o trabajadora por concepto de prestaciones sociales será de cinco días de salario por mes trabajado o fracción.
f) El pago de las prestaciones sociales se hará dentro de los cinco días siguientes a la terminación de la relación laboral, y de no cumplirse el pago generará intereses de mora a la tasa activa determinada por el Banco Central de Venezuela, tomando como referencia los seis principales bancos del país.

¿Cuando se retiran las prestaciones por antigüedad?
Lo depositado o acreditado mensualmente se pagará al término de la relación de trabajo y devengará intereses, los cuales estarán exentos del Impuesto sobre la Renta.

El trabajador tiene además el derecho de solicitar un anticipo de hasta 75% de lo acreditado o depositado por antigüedad (art 174), para satisfacer obligaciones derivadas de la adquisición de vivienda, liberación de hipotecas o gravamenes, pensiones escolares y gastos por atención médico-hospitalaria.

8. Indemización por despido injustificado
Aquellos trabajadores trabajadores permanentes o contratados bajo el régimen de estabilidad laboral previsto en el artículo 94 de la LOT, no pueden ser despedidos sin justa causa. Sin embargo en caso de materializarse un despido injustificado, el patrono se verá obligado a resarcir al trabajador con una indemnización equivalente al monto de sus prestaciones sociales.

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16 comentarios:

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    llaman y lo único que dijo fue que estaba tan mal por todo lo que pasó,
    que quería volver a mí, que me encanta tanto. Yo estaba tan feliz y
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  2. Quisiera saber cuanto es mi liquidación si trabaje 3 años y 10 meses gano sueldo mínimo y no pagaban seguro ni prestaciones ni ley político a ni nada no tenía ninguna beneficio . Renuncie x voluntad

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  3. Buenos dias mire yo quiero saber cuanto me toca de mi retiro por bolunta propia mire yo entre a trabajar en el año enero 2004 y atas disiembre del 2013 mean depositado 40.000.00 mi sueldo orita es de 7000.00 yo me estoy retirando orita en disiembre del 2014 porfavor me puede responder ami correo que es ramiroblanco1@hotmail.com grasia

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  4. Buenos días, gracias por la información, yo laboro en una empresa que cancela la garantía de prestaciones los 31oct de cada año, para este año salí de vacaciones durante ese mismo mes percibí 56.000 Bs, al retornar de vacaciones percibí 8 días de salario 3500 bs, al revisar el abono de prestaciones el calculo fue 3500/8 +alícuota de vacaciones + alícuota de utilidades, =601 por 15 días, no me tomaron en consideración las vacaciones percibidas, el calculo que realizaron fue el correcto, a mi entender debieron haber sumado las vacaciones + los 8 días de salarios entre 30, para calcular mi salario del mes, aplicar la alícuota de utilidades y la alícuota de utilidades, por los 15 días de prestaciones, quería saber su opinión al respecto antes de hacer cualquier reclamo ante el departamento de talento humano, gracias

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  6. Buenas noches. Llevo 3 años trabajando en un hotel comi asist administ. Mi reposo posnatal termino en 11 diciembre y comenzaron mis cvacacuones hasta el 14 nero 2015. Pienso renunciar xq no tengo qyien cuideva mi bebe.. cuanto me tocaroa?? Mi yltimo salario 5600 mensual; no m han subido el sueldo xq estaba de reposo

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  7. calcule las utilidades para maria perez la cual ingreso a la compañia el dia 03/10/10 y para luis siendo su fecha de ingreso 18/03/14. la empresa paga aguinaldo el 15 de diciembre.. quien me lo resuelve

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  9. hola disculpe aun no he retirado pero deso renunciar a mi trabajo yo ingrese a laboral el01/06/1991 y hasta la actualidad, y actualmente devengo sueldo minimo y en este año no he sacado vacaciones cual seria es estimado aproximado que deberia cobrar si me retiro de manera voluntaria

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  10. Hola!! Tengo 3 años y 8 meses ¿Cuanto me tocaría de liquidación ? Gano 6000 como sueldo base.Por favor .

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  11. Buenas tardes, quisiera hacer una pregunta, yo me retire de mi trabajo teniendo 3 meses y 18 diias , y ya llevo un mes y nada que me pagan , cuanto mas omenos me toca?

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  12. Buenas tardes, quisiera hacer una pregunta, yo me retire de mi trabajo teniendo 3 meses y 18 diias , y ya llevo un mes y nada que me pagan , cuanto mas omenos me toca?

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  13. Buenas tardes amigo, yo deseo renunciar de la empresa donde actualmente estoy trabajando, tengo que trabajar preaviso ? yo gano 13500 bsf mensuales, y estoy trabajando en la empresa desde julio de 2013 . aproximadamente cuanto me sale de liquidacion?

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  14. hola buenas tarde quisiera saber cuanto me correspomden por 8 meses y 6 y tanbien saber si lo del fidecomicio viene agregado a lo d ela liquidacion o no porfa me estan dando 14 mas lo del fidecomicio q tengo 8 mil porfa ayudemme

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  15. hola me pedes decir cuanto me toca ya que renuncie a mi trabajo y me cancelaban 3500mas 500 en cesta tikec tenia 2 años trabajando

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  16. buenas noches me gustaria informacion yo tengo en la compañia dos años y medio como 13 mi mensual hay va incluido todo cuanto mas o menos me tocaria si me retiro 2015

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